Más común de lo que pensamos, muchas personas tienen relaciones que no están documentadas bajo el contrato civil del matrimonio deliberadamente; esto ocurre por muchas razones que no son materia del presente texto. Lo importante es saber qué derechos se tienen cuando se está en una situación de contar con una pareja y no existe esa situación civil registrada jurídicamente.
De entrada, hijos e hijas tienen todos los derechos que tendrían en caso de que sus padres estuviesen casados. Las parejas en unión libre, por ejemplo, o en concubinato, pueden gozar de todos los derechos a alimentos, derechos sucesorios, patrimoniales, de seguridad social y de protección de violencia familiar.
Todos los casos son diferentes para las diferentes personas y situaciones; es importante asesorarse jurídicamente dependiendo de cuáles sean las necesidades o solicitudes que se quieran hacer a la pareja en caso de concubinato.
Hay que conocer que, el concubinato termina por[1]: mutuo acuerdo entre las partes; abandono del domicilio común por parte de uno de los concubinos; si la separación es injustificada y se prolonga por más de tres meses sin ánimo de reconciliación; por muerte de la concubina o el concubinario o por el matrimonio de cualquiera de los concubinos con persona diversa al concubinario o concubina.
Asimismo, es de interés saber que los “efectos jurídicos sobre los bienes adquiridos durante el concubinato” pueden ser convenidos respecto de la adquisición, dominio y administración de los bienes adquiridos durante la vida en común. Algunas leyes o códigos civiles o de familia de las entidades federativas, como el Código de Familia para el Estado de Sonora, establecen expresamente que a falta de convenio se aplicarán supletoriamente las reglas de la sociedad conyugal”[2]. Muchos detalles también pueden variar dependiendo del estado federal en el que se encuentren las personas.
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Alejandro Landa Montaño
Abogado
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[1] https://mexico.justia.com/derecho-de-familia/concubinato/preguntas-y-respuestas-sobre-concubinato/
[2] Ibid.
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