Invitado: Ramón Robles Feria
Defensor Público Federal

¿A qué nos referimos con trato digno en un procedimiento judicial? Antes que nada, recordemos que toda persona (absolutamente todas y todos, siempre) es sujeta de derechos humanos y puede hacerlos valer. Ahora bien, un procedimiento judicial se define coloquialmente así: 

Es la forma en la que se hace valer la ley, según haya sido resuelto un caso por la autoridad correspondiente. En el diccionario jurídico se explica, en cambio, como “la forma en que se concreta la actividad jurisdiccional y constituye el elemento dinámico del proceso […] es el conjunto de los actos jurídicos llevados a cabo para aplicar la ley a la resolución de un caso. Está compuesto por la combinación y coordinación de diferentes actos jurídicos que cuentan con autonomía procesal. Es el instrumento que tenemos a nuestro alcance para poder ejercer nuestros derechos y defender nuestros casos”[1].

Ahora bien, cuando hablamos de trato digno, estamos haciendo alusión justamente “al honor, respeto o consideración que se debe a la persona. La dignidad humana es un principio elemental de derecho natural…” y nadie te lo puede quitar, “independientemente de la situación concreta que el individuo se halle”[2].

Cuando cualquier persona enfrenta un procedimiento judicial es sujeta de los siguientes derechos: Derecho a la tutela efectiva (ser parte de un proceso que se trate de un hecho y que verse sobre éste y no sobre otros intereses); a tener una defensa; a que haya “independencia e imparcialidad de los órganos de la jurisdicción”; a la asistencia de una o un letrado (que una abogada o abogado nos defienda aunque no podamos pagarlo); a tener informes de por qué se le acusa; a un proceso público y con todas las garantías de que sea justo y en condiciones de igualdad; a un proceso sin dilaciones indebidas; a que se utilicen medios de prueba pertinentes y, finalmente, algo nada menor, tiene derecho a la presunción de inocencia[3].

Pareciera sencillo, pero difícilmente se cumplen todos estos durante los procesos judiciales, por lo que hay que estar siempre pendientes.

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[1] https://www.asesora-2.com/procedimiento-judicial/

[2] http://www.protectora.org.ar/legislacion/trato-digno-no-a-las-colas-a-la-falta-de-respeto-a-la-vejacion/1502/

[3] Op. cit. asesora.

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