Dejar un testamento para que las personas tengan acceso directo y fácil a los bienes que se les dejan al morir, es un acto de orden, civilidad y responsabilidad. También se trata de un contrato que asegura que nuestra voluntad se cumpla, el cual se promueve entre notarios y gobiernos porque regula con claridad a quiénes pertenecen los bienes legados. Esto, además, evita pleitos, discusiones y ahorra tiempos de trámites y trabajo judicial.

Ahora bien, si por alguna razón alguien no ha dejado o escrito su testamento, tampoco ocurre que todo se pierde. Cuando se dejan bienes intestados sucede lo siguiente[1]:

Se inicia un juicio sucesorio intestamentario.

Se cita a los posibles herederos y se hace una declaración de herederos.

A falta de testamento, heredan los:

  • Descendientes
  • Cónyuges, concubina o concubino
  • Ascendientes
  • Parientes colaterales hasta el cuarto grado.

Además:

Se designa un albacea.

Se hace un inventario y avalúo de tus bienes.

Administración de bienes.

Se realiza un proyecto de partición de bienes, un acuerdo y resolución sobre éste.

Adjudicación de los bienes a los herederos.

 

La recomendación oficial para hacer un testamento se debe a lo siguiente[2]:

El testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.

 

El otorgamiento de testamento evita gastos mayores, pérdidas de tiempo y problemas en las familias. Cuando elaboramos nuestro testamento también heredamos tranquilidad a nuestros seres queridos, porque si existe un testamento no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio intestamentario que, dicho sea de paso, es caro, tedioso y largo.

[1] https://www.gob.mx/segob/articulos/preguntas-frecuentes-mes-del-testamento#:~:text=SIN%20TESTAMENTO&text=Se%20cita%20a%20los%20herederos,hace%20una%20declaraci%C3%B3n%20de%20herederos.&text=%C2%B7%20Parientes%20colaterales%20hasta%20el%20cuarto,Se%20designa%20un%20albacea.

[2] Ibid.

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