De acuerdo con el Código Civil Federal, en su Artículo 1313[1]:

… Todos los habitantes del Distrito Federal de cualquier edad tienen capacidad para heredar, y no pueden ser privados de ella de un modo absoluto; pero con relación a ciertas personas y a determinados bienes, pueden perderla por alguna de las causas siguientes:

Falta de personalidad;

Delito;

Presunción de influencia contraria a la libertad del testador, o a la verdad o integridad del testamento;

Falta de reciprocidad internacional;

Utilidad pública;

Renuncia o remoción de algún cargo conferido en el testamento…

Esto quiere decir que, si un padre o una madre considera que el hijo o la hija no está teniendo un comportamiento adecuado, de gratitud hacia ellos, puede desheredarle.

La falta de personalidad en materia de derecho procesal civil se define de la siguiente forma:

…Excepción dilatoria oponible cuando la parte o su procurador carezca de las condiciones necesarias de capacidad o representación para comparecer en juicio…

Ahora bien, es posible que sea legítimo que las y los hijos hereden los bienes de los padres, por lo que resulta sumamente importante que estos últimos hagan a tiempo y formalmente su testamento. Puede ocurrir que, a falta de testamento, los códigos civiles aplicables dicten quiénes deben heredar qué, y por eso se recomienda hacerlo a tiempo y en forma.

El concepto de desheredación se refiere jurídicamente a la “privación de la legítima”[2], lo cual según la misma fuente, implica:

… retirar a dicho heredero su derecho de recibir la legítima hereditaria.

Para mayor claridad, veamos qué se entiende por herencia y qué por legítima:

La herencia es el conjunto de bienes que deja una persona a su fallecimiento.
La legítima es la parte de esos bienes que el testador está obligado a reservar a los herederos forzosos. Así pues, un heredero puede ser o no legitimario, ya que parte de los bienes hereditarios se pueden dejar a un extraño…

Contacto:

Víctor Manuel Alonso Inclán

Catedrático de Derecho, Universidad La Salle

Facebook: @LaSalleMX


[1] https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-civil-federal/libro-tercero/titulo-segundo/capitulo-iii/

[2] https://www.abogadosyherencias.com/desheredacion/

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