Una pensión universal es una prestación que se otorga a todo un grupo o sector, en este caso, en México, a toda persona con 65 años cumplidos. Actualmente, esto significa un ingreso bimestral de tres mil 850.

Quien no esté registrado en el padrón de derechohabientes de esta prestación del Estado (entendido como Gobierno, Soberanía, Población y Territorio)[1], puede acceder a inscribirse del 18 al 30 de abril en las entidades de la República Mexicana en donde no haya veda por avecinarse procesos electorales que son todas aquellas menos Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, en donde se abrirá el registro del 15 al 30 de junio.

La llamada pensión para el bienestar, a la cual tienen acceso todas las personas adultas mayores, como dijimos, con 65 años cumplidos, es un derecho constitucional que, como tal, no puede serle negado a nadie que cumpla con los requisitos para solicitarlo.

Para el registro es importante acudir a cualquiera de los cientos de módulos que se colocarán en el país para estos efectos y llevar: acta de nacimiento; CURP; identificación oficial vigente (credencial de elector, cartilla, cédula profesional, pasaporte, carta de identidad, credencial del Inapam); comprobante de domicilio con vigencia máxima de seis meses (luz, agua, teléfono, predial) y un teléfono de contacto.

A través del portal gob.mx/bienestar las personas podrán ubicar su módulo y cualquier duda o información adicional se ofrece en la Línea de Bienestar 800 639 42 64.


[1] https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5384/6.pdf

Comments are closed.