Entre los temas que se deben de prever y planear para contratar a personas cuidadoras (de otras personas que así lo necesiten), se debe de pensar en el presupuesto para pagar, los horarios que deberá trabajar, las necesidades o requerimientos que esta persona cuidadora pueda solicitar, así como la relación que tendrá con la persona a cuidar.

Otro de los temas relevantes es, cuando se contrate a alguien profesional para cuidar a nuestros familiares o amigos en esa necesidad, será saber que debe de mediar un contrato o un acuerdo con derechos y obligaciones. Las páginas especializadas en cuidadoras y cuidadores recomiendan tomar en cuenta que, entre las obligaciones o deberes de la persona cuidadora están[1]:

Respetar y facilitar la inclusión social de las personas en situación de dependencia.

Respetar su dignidad.

Fomentar la autonomía de la persona cuidada.

Respetar la toma de decisiones.

Informar en la medida de lo posible sobre sus derechos y libertades, sobre las opciones y facilidades disponibles, y sobre la evolución de la legislación que le concierne.

Asimismo, es importante saber que la persona cuidadora, al ser otra persona humana, tiene derechos como[2]:

Sentir miedo, tristeza, rabia e impotencia.

Intentar realizar cambios en la medida de lo posible.

Sentir alegría y disfrutar, pese a la situación de cuidado.

Aceptar limitaciones y pedir ayuda.

Decir que no.

Equivocarse.

Consultar dudas.

Recibir por parte de profesionales información sobre los recursos disponibles.

Conciliar su vida con la situación de cuidados.

Disfrutar tiempo libre.

Estos listados parecen obviedades, pero tomarlos en consideración puede ahorrarle muchos problemas o conflictos laborales, emocionales y prácticos.

Preservar la integridad y la relación entre personas cuidadoras y cuidadas, es algo que se refleja también en una buena salud mental y física, así como en un trabajo digno y justamente remunerado.


[1] https://grupolasmimosas.com/mimoonline/derechos-y-deberes-de-los-cuidadores/

[2] Ibid.

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