Los llamados pagarés, como su nombre lo indica, son documentos que comprometen a alguien a pagar bajo condiciones particulares acordadas por deudor y acreedor, o bien solamente por el segundo[1], pero con la aceptación del primero. Casi siempre los pagarés especifican cuánto se debe de pagar y durante cuánto tiempo. Los pagarés, por lo general, no son muy generosos con el deudor, puesto que se asume que este último puede firmar lo que sea en caso de emergencia o necesidad. Casi puede decirse que en la expedición de pagarés suele haber algo de usura o abuso de las circunstancias, lo cual, en países como Alemania se considera falta de ética e ilegal, por medrar con la ingente necesidad ajena.

Son muchas las consecuencias negativas de alguien que no cumple con los pagarés que firmó, por eso se debe de ser muy cauteloso antes de solicitarlos:

…En caso de impago del pagaré, el tenedor podrá presentar una acción de regreso contra los endosantes, cuando, presentado el pagaré en tiempo hábil, no fue pagado, siempre que se acredite la falta de pago mediante protesto notarial o declaración equivalente, salvo en los pagarés sin gastos.

…El tenedor, hasta el plazo de prescripción de tres años, conserva sus derechos contra el firmante, aún en el supuesto de que el pagaré no se haya presentado oportunamente o no se haya levantado el protesto o declaración equivalente…[2]

Además, “firmante, endosantes y avalistas deberán pagar importe del pagaré impagado y los intereses contenidos en su cláusula de intereses (de contenerla), además de los gastos de devolución, de protesto y comunicaciones”[3], entre otras consecuencias.

Contacto:

Ana Betancourt

Abogada mercantil

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[1] https://economipedia.com/definiciones/pagare.html

[2] https://descuentodepagares.net/consecuencias-del-impago-de-un-pagare/#:~:text=En%20caso%20de%20impago%20del,en%20los%20pagar%C3%A9s%20sin%20gastos.

[3] Ibid.

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