Invitado: Manuel Bandala Ledesma
Abogado

Hay que tener muy claro que los derechos humanos no prescriben con el paso del tiempo. Es decir, que las personas adultas mayores, no importa cuál sea su edad, siempre tienen derecho a todos sus derechos humanos. Uno de estos, y fundamental, es el derecho al trabajo.

Para el ser humano, trabajar es sinónimo de independencia, autonomía y supervivencia. Generalmente, quien trabaja y recibe una retribución mínimo tiene ingresos para comer, tener acceso a la salud y vivir bajo un techo.

De acuerdo con un estudio de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos:

“… El derecho al trabajo es un derecho fundamental y esencial para la realización de otros derechos humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana. Toda persona tiene derecho a trabajar para poder vivir con dignidad[1]…”

Es importante reconocer, de acuerdo con el mismo documento, las tres aristas del derecho al trabajo:

1) Libertad para ejercer cualquier profesión lícita sin injerencia de alguna autoridad pública;

2) derecho a tener un trabajo, lo que implica obligaciones positivas para el Estado a fin de fomentar las circunstancias propicias para generar empleos;

3) dignidad, toda vez que el trabajo debe de cumplir con un mínimo de condiciones justas[2].

Además de las retribuciones inmediatas derivadas del trabajo, laborar nos ayuda a continuar en la vida social, en la actividad comunitaria y, emocionalmente, a estar activos en el tiempo presente.

Las personas adultas mayores en México están protegidas en sus derechos humanos, incluido el derecho humano al trabajo digno.

“La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores en su Artículo 18, señala: que el adulto mayor tiene derecho al trabajo digno, decente, y a la igualdad de oportunidades y de trato respecto de los otros trabajadores, sin importar la edad”[3].

Contacto:

Manuel Bandala Ledesma
Tel. Secretaría del Trabajo y Previsión Social: 55 2000 5300
Página web Secretaría del Trabajo y Previsión Social: www.gob.mx/stps
Tel. Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, CDMX: 55 5709 3233
Página web Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, CDMX: www.trabajo.cdmx.gob.mx
Tel. Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo: 800 717 2942 y 800 911 7877
Página web Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo: www.gob.mx/profedet
Servicio Nacional de Empleo: www.gob.mx/empleo
Comisión Nacional de los Derechos Humanos: 800 715 20 00


[1] https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-05/Cartilla-DH-trabajo.pdf

[2] Ibid.

[3] https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/75895#:~:text=La%20Convenci%C3%B3n%20Interamericana%20sobre%20la,trabajadores%20sin%20importar%20la%20edad.

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