La pregunta frecuente sobre “si es posible recibir dos o más pensiones”, no tiene una sola respuesta, aunque, de antemano podemos adelantar que, en algunos casos, sí es posible. Esto ocurre, siempre y cuando se cumpla estrictamente con una serie de requisitos y condiciones. Si quien está pensando en recibir dos pensiones, solamente lo hace porque está en el supuesto de estar afiliado tanto a IMSS como a ISSSTE, lo más seguro es que tenga cuentas distintas de AFORES y, por lo tanto, las leyes de ambos institutos lo prohíben explícitamente. En esos casos, lo que se debe realizar es un trámite para tener una sola Cuenta Individual en el Sistema de Ahorro para el Retiro y se deberá de pedir la Unificación de Cuentas Mixta[1].
Ahora bien, puede haber casos llamados de compatibilidad, que es cuando la persona trabajadora puede obtener el disfrute de dos pensiones siempre y cuando cumpla con todos los requisitos. Estos casos son: 1) Pensión por jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicios o por cesantía en edad avanzada; con una pensión de viudez o concubinato y una por riesgo de trabajo. 2) La pensión de viudez o concubinato, con el disfrute de una pensión por jubilación de retiro por edad y tiempo de servicios, por cesantía en edad avanzada o por invalidez; y el disfrute de una por riesgo del trabajo ya sea por derechos propios o como conyugue o concubinario del trabajador o pensionista y el desempeño de un trabajador remunerado, que no implique la incorporación al régimen de esta ley. 3) La percepción de una pensión por orfandad, con el disfrute de otra igual proveniente de los derechos derivados del otro progenitor.
Se debe considerar que este concepto de doble pensión se puede utilizar sin poder rebasar los topes máximos; esto es, “diez veces el salario mínimo, o de la unidad de medida y actualización, según corresponda”[2].
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