La propiedad intelectual se refiere a “las creaciones del intelecto: desde las obras de arte hasta las invenciones, los programas informáticos, las marcas y otros signos utilizados en el comercio”[1].

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), de las Naciones Unidas, se encarga de proteger o velar porque la innovación y la creatividad sean promovidas en función de la propiedad intelectual.

Haciendo un poco de historia, la Propiedad Intelectual empezó por ser reconocida a nivel mundial en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial de 1883, y en el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas de 1886.

En México, la Constitución Política Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos hace referencia a la propiedad intelectual[2]:

…contempla los derechos que se tiene sobre aquellos bienes intangibles o los provenientes de una creación, invento o mejora, es decir son las bases de la propiedad intelectual en el México contemporáneo…

Toda persona ciudadana tiene derecho a resguardar las obras de su autoría, su propiedad intelectual. Propiamente dicho para efectos normativos, en México se maneja la Ley de la Propiedad Industrial por parte de la Secretaría de Economía y mediante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industria; en tanto, la Ley Federal del Derecho de Autor está a cargo de la Secretaría de Educación Pública, y se inscriben las obras en el Instituto Nacional del Derecho de Autor.

En caso de que tenga alguna obra literaria, cuento, ensayo, novela, original y propia y desee resguardarla, puede acudir al Indautor, o bien registrarla en línea en https://www.indautor.gob.mx/servicios/guias_registro.php.

Contacto:

Bernardo Fernández Castillo

Abogado

Pág. web INCAM: incam.org

Tel. INCAM: 55 5229 6964 y 55 5259 6972

Pág. Instituto Nacional del Derecho de Autor: www.indautor.gob.mx

Tel. Instituto Nacional del Derecho de Autor: 800 2283 400

Facebook: Instituto Nacional del Derecho de Autor

Instagram: @indautormexico

Twitter: @IndautorMexico


[1] https://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/wipo_pub_450_2020.pdf

[2] http://archivos.diputados.gob.mx/Transparencia/articulo70/XLI/cedip/B/CEDIP-70-XLI-B-propiintelemex-5-2018.pdf

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