Derechos de las parejas del mismo sexo
Sobre todo en la Ciudad de México, pero también en otros estados de la república mexicana, las parejas del mismo género gozan a cabalidad de todos sus derechos, como por ejemplo, al matrimonio. Estos derechos son muy importantes puesto que significan un avance hacia la igualdad de todas las personas, sin importar sus preferencias sexuales.
Desde luego, lo anterior aplica para personas adultas mayores quienes, además, han tenido toda una vida para saber exactamente qué quieren, con quién quieren compartir su vida y cómo desean vivir.
Los planteamientos que caracterizan el enfoque del libro Parejas del mismo sexo. Matrimonio y adopción en México y en España, de la doctora mexicana Beatriz Saucedo Galván[1] (Círculo Rojo Editorial) es sumamente interesante, recomendado por contrastar lo que ocurre entre la Ciudad de México y España, y que además aborda interdisciplinariamente el tema.
De acuerdo con éste, “el matrimonio entre personas del mismo sexo deviene de los derechos fundamentales que dieron lugar a ciertas reformas jurídicas actuales, en esa ciudad y país, así como en otros lugares del mundo.
Para poder comprender el tema con mayor fundamento jurídico y conceptual, el libro también rastrea “el origen cultural y no natural del matrimonio; la laicidad que debe de permear las políticas públicas en un Estado de Derecho; el papel de la mujer en el matrimonio como fenómeno inseparable de su sometimiento y desigualdad, así como las opiniones vertidas en torno a la diversidad, la pluralidad, la inclusión, o las libertades individuales, que no pueden separarse de las necesidades colectivas”.
De acuerdo con la invitación a la lectura de Saucedo Galván, “la parte toral del texto consiste en la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México, por sus aportaciones en el debate [de matrimonios del mismo sexo y adopción, pero que contiene las bases para la toma de sentencias jurídicas] y la declaratoria de constitucionalidad de la ley, resultando de extremo interés para el público en general”[2].
[2] Ídem.
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