Cuando se es persona adulta mayor y no se tienen recursos para sobrevivir, para vivir con dignidad, se puede exigir a los hijos que aporten una pensión. Esto, de acuerdo con el Artículo 304 del Código Civil, en aras de que las personas tengan, por lo menos, comida, habitación, servicios médicos y vestimenta[1].
Si bien esto es una obligación de hijos e hijas (y si no los hay o no pueden, de los nietos), ellos y ellas se pueden abstener de darla si no se tienen medios, o cuando se dejan de necesitar, cuando hay injuria o daños graves de por medio, cuando haya una conducta viciosa por parte del solicitante o si se abandona la casa de la persona que brinda esto.
El trámite para solicitar la pensión requiere levantar una comparecencia ante el Poder Judicial de la Ciudad de México, por ejemplo y llevar:[2]
Identificación oficial con fotografía.
Acta de matrimonio si la persona es casada.
Acta de nacimiento de menores.
Domicilio de la parte solicitante.
Domicilio particular y laboral del demandado.
Cualquiera de los domicilios solicitados debe ser en la Ciudad de México.
El trámite procede de la siguiente manera[3]:
… La persona adulta mayor debe acudir a cualquiera de los Módulos de Atención, ubicados en las delegaciones políticas, o al módulo central ubicado en Dr. Lavista número 181, colonia Doctores, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720, para realizar su solicitud de la pensión.
En el módulo debe mostrar una identificación oficial, así como proporcionar nombre completo, dirección y delegación donde reside de forma permanente en la Ciudad de México, datos que quedarán registrados en su solicitud.
En caso de que la persona adulta mayor padezca algún problema de salud que le impida acudir a solicitar la Pensión Alimentaria, puede hacerlo en su representación un familiar, quien deberá de mostrar una identificación oficial que lo acredite como familiar y/o representante del adulto mayor y la propia identificación oficial del adulto mayor…
[1] https://politica.expansion.mx/mexico/2022/06/13/adultos-mayores-pension-alimenticia#:~:text=De%20acuerdo%20con%20el%20Poder,juzgado%20a%20levantar%20la%20comparecencia.
[2] ibid.
[3] http://data.sds.cdmx.gob.mx/pension_alimentaria_adultos_mayores.php#:~:text=La%20persona%20adulta%20mayor%20debe,su%20solicitud%20de%20la%20pensi%C3%B3n.
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