Las personas, una vez que mueren aún tienen derechos humanos que deben ser respetados. Así lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los códigos penales correspondientes y los reglamentos de los cementerios.

Los derechos que se tienen una vez que fallecemos, según el teórico Ronald Cárdenas Krenz, se otorgan ya que “la persona fallecida no es una cosa, por tanto, el trato que se da a un cadáver o restos humanos es la evidencia de nuestra humanidad”[1].

Entre los principales derechos que deben respetarse una vez fallecida la persona están[2]:

…derecho de que se cumpla su voluntad; derecho a que se respete su honra (no ultraje, que tenga funeral y que si se profesa religión se pueda hacer un servicio religioso según su espiritualidad); derecho al tratamiento decoroso del cadáver y restos; derecho a la personalidad jurídica (se refiere al derecho de contar con un certificado de defunción con la información del lugar y el momento del fallecimiento; así como con un certificado médico que especifique las causas de la muerte y  derecho a un registro del destino de los restos con posterioridad a la inhumación o cremación)…

Los derechos de las personas muertas están en función del respeto y la dignidad humanas y también hay que comprender que las personas vivas, las y los seres queridos de quien ya murió, tienen derecho a que esos derechos enunciados sean respetados.

Más antecedentes sobre este tema están explicitados en una iniciativa de ley en el Senado de la República del 2020, en donde se hace evidente que, ante el contexto de violencia del país, se debe sensibilizar al personal forense y no forense respecto de la examinación y recolección de pruebas en la escena del delito así como procurar un respeto riguroso en la esfera íntima de las víctimas, lo cual incluye el control y la gestión de los medios de comunicación (por aquello de fotografías y descripciones sobre todo)[3].


[1] https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/3/2020-09-22-1/assets/documentos/Inic_Morena_Sen_Monreal_Art_281_Cadaveres.pdf

[2] https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/sociedad/derechos-post-mortem-que-significan-y-cuales-son-7425793.html

[3] https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/64/3/2020-09-22-1/assets/documentos/Inic_Morena_Sen_Monreal_Art_281_Cadaveres.pdf

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