Una pensión es una “cantidad de dinero que un organismo oficial paga a una persona regularmente como ayuda económica por un motivo determinado”, o bien, una “cantidad de dinero que una persona recibe regularmente como ayuda económica”[1].

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores, ISSSTE, mediante su servicio llamado Pensionissste, está siempre disponible para consultas y asesorías sobre qué tipo de pensión corresponde a cada persona que haya trabajado para el gobierno federal.

Los tipos básicos de pensiones que existen en el país son: por retiro anticipado; por cesantía en edad avanzada; por vejez; por pensión garantizada.

Básicamente, las diferencias son las siguientes[2]:

Retiro. Se otorga antes de cumplir la edad mínima establecida para pensionarse de 60 años y tiempo de cotización, siempre y cuando la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la Pensión Garantizada. Una vez cubierta la prima del Seguro de Sobrevivencia para los beneficiarios.

Cesantía en edad avanzada. La cesantía en edad avanzada ocurre cuando el Trabajador quede privado de empleo remunerado a partir de los 60 años. En el caso de un cotizante al ISSSTE se requiere que el Trabajador tenga un mínimo de 25 años de cotización. Para el caso del IMSS se requiere un mínimo de 1,250 semanas de cotización. El Trabajador cesante que tenga 60 años o más y no reúna los años de cotización ya sea al IMSS o al ISSSTE podrá retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir los años necesarios para que opere su pensión.

Vejez. En el caso de ser cotizante al ISSSTE se requiere que el Trabajador o Pensionado por riesgo del trabajo o invalidez, haya cumplido 65 años y tenga reconocidos un mínimo de 25 años de cotización. Para los que cotizan al IMSS, el Trabajador deberá tener 65 años de edad y acreditar un mínimo de 1,250 semanas de cotización. Si el Trabajador o Pensionado tiene 65 años o más y no reúne los periodos de cotización, podrá retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir el tiempo necesario para que opere su Pensión.

Garantizada. Es aquella que el Estado asegura si se cumple con los requisitos señalados para obtener una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. Para los cotizantes al IMSS, su monto mensual será el equivalente a un salario mínimo general. Para los cotizantes al ISSSTE será el equivalente a dos salarios mínimos.

Contacto:

Dr. Óscar Javier Apáez

Colegio de Profesores de Derecho del Trabajo, UNAM

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[1] https://languages.oup.com/google-dictionary-es/

[2] https://www.pensionissste.gob.mx/tu-cuenta/login.html

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